Thursday, April 19, 2007

Leyes Divinas y Leyes Humanas.

Desde que el hombre ha vivido en sociedad se ha visto en la necesidad de implementar leyes que dirijan la buena marcha del grupo social.

Las Leyes Divinas no deben estatuir sobre lo que corresponda a las humanas, como éstas no deben invadir lo que corresponde a áquellas. Son dos especies de leyes que difieren por su origen, por su objeto y por su naturaleza.
Todo el mundo conviene en que las leyes humanas son de otra naturaleza que las religiosas, y éste es un gran principio; pero este mismo principio depende de otros que es necesario buscar.
  1. La naturaleza de las leyes humanas está sometida a todos los accidentes y a variar a medida que cambia la voluntad de los hommbres; la naturaleza de las leyes religiosas es inmutable. Estatuyen sobre lo mejor. Es posible modificar las leyes, porque, basta que sean buenas; pero las instituciones religiosas NO PUEDEN cambiarse, porque siendo mejores, cualquier mudanza las desmejoraría.
  2. Estados hay donde las leyes no son nada, o no son más que la voluntad caprichosa y pasajera del soberano.
  3. La fuerza principal de la religión es que se cree en ella; la fuerza de las leyes humanas está en que se les TEME. La antiguedad es conveniente para la religión, pues cree en las cosas tanto más cuanto más lejano esté su origen, por no tener ideas accesorias de la misma época remota que las contradigan.

Las Leyes Humanas, por el contrario, sacan fuerza de la novedad, que demuestra la atención actual del legislador, para hacerla respetar.